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Blog Nihil Obstat

Martín Gelabert Ballester, OP

de Martín Gelabert Ballester, OP
Sobre el autor

24
Jul
2011

¿Qué hacer ante una ley injusta?

12 comentarios

Una de las cuestiones más importantes que se plantean a propósito de la “ley natural” es la de dilucidar qué postura tomar ante una ley injusta, entendiendo por injusta una ley positiva o humana que iría en abierta contradicción con los dictados de la ley natural. Pues el que una regla sea inicua no significa que no sea una regla válida de derecho.
 

Es interesante acudir en este asunto a Santo Tomás. Su posición es muy matizada. El no dice que una ley injusta no sea ley y, por tanto, que no deba cumplirse. Sto. Tomás habla de corrupción o perversión de la ley. ¿Significa esto que una ley corrupta no debe cumplirse? No exactamente. Una sentencia injusta puede ser legítima. Ahora bien, una ley injusta “no obliga en el foro de la conciencia” (Suma, I-II,96,4). Pero con una precisión, porque aunque una ley injusta no obliga en conciencia, pudiera ser obligatorio cumplirla externamente cuando la desobediencia traiga, por ejemplo, un grave desorden publico o alguna otra consecuencia negativa para el bien común: “las leyes injustas no obligan en el foro de la conciencia, si no es para evitar el escándalo y el desorden; por cuya causa el hombre debe ceder de su propio derecho” (I-II,96,4).
 

Conviene, por tanto, distinguir entre lo moral y lo legal. Puede ocurrir que algo no sea del todo moral y, sin embargo, sea legal, por ejemplo, pagar determinados impuestos abusivos. Ahora bien, también puede darse el caso de algo radicalmente inmoral que sea legal, por ejemplo, una ley que atente contra la vida propia o de otros. Cuando una ley manda positivamente realizar un mal grave, “nunca es lícito observar estas leyes” (I-II,96,4). En las legislaciones de las democracias modernas se prevé la posibilidad de la “objeción de conciencia” para aquellos que consideran que no pueden obedecer una determinada ley porque atenta gravemente contra su conciencia.
 

En resumen, la ley injusta es aquella que no está de acuerdo con la ley natural. Una ley injusta no es ley en sentido pleno y por esta razón, no engendra por sí misma la obligación moral de seguirla. Pero en algunos casos hay que obedecerla, siempre que, al seguirla, no se está realizando positiva e intencionalmente algo malo, sino sólo sufriéndolo, como puede ser el caso del pago de un impuesto excesivo o discriminatorio.

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Alejandro Prados
24 de julio de 2011 a las 03:31

Verdaderamente es un tema sobre el cual reflexionar precisamente ante los acontecimientos actuales. Pero me pregunto, si cambiaramos, mediante sufragio a los actuales gobernantes. ¿Se derogarían las leyes que atentan claramente sobre los derechos humanos?
Es más, ¿cabrían compensaciones efectivas para paliar aquellas situaciones dificiles que actualmente se parchean con leyes injustas?

¿Qué deberíamos cambiar. Cómo comprometernos respetando a la vez la libertad de las personas? De verdad. Maestro: Cómo actuaría Jesús?

trans-formar lo in-justo
24 de julio de 2011 a las 11:28

¿ Que hacer ante una ley in-justa?, nos pregunta el blogger. Pues intentar cambiarla, o trabajar por que sea lo más justa posible. Afortunadamente hay cauces y recursos para intentarlo. Teniendo en cuenta la opinión de los otros. Y en democracia la regla del juego implica acatar la ley vigente aprobada por la mayoría. Hablamos de la ley del cesar. Y ya Jesús nos indicó lo de dar al cesar lo que le corresponde La ley de Dios es otro tema: la Iglesia no es una democracia.

Teniendo en cuenta que si por motivos de conciencia no se acata la ley vigente hay que asumir las consecuencias ante la ley. Del cesar. Dios ya sabe que actuamos en conciencia. Es lo que tiene ser cristianos : la paradoja del estar en el mundo sin pertenecer a él. Y con el compromiso de dejar este mundo algo más transparente y luminoso. A imagen y semejanza del Creador. Nadie nos aseguró un camino de rosas. A pesar de las espinas, su Aroma nos acompaña. Gracias Martín.

Anatoli Ostrov
24 de julio de 2011 a las 18:46

El despido improcedente (es decir, el despido libre pasando por cash), es un derecho absoluto del empresario, o un atentado al derecho natural de la persona a ser respetado en su faceta de trabajador si no hay pruebas contundentes que objetivamente justifiquen un despido disciplinario?

Mercedes
24 de julio de 2011 a las 20:53

La ley del Aborto, es una ley injusta e inmoral . Los profesionales implicados tenemos siempre a nuestro alcance la Objeción de Conciencia , pero, ante las interrupciones voluntarias de embarazos llevadas a cabo repetidamente por la misma mujer en diversos momentos de su vida y, relatadas con la misma tranquilidad como si de métodos anticonceptivos naturales se tratasen , que actitud deberíamos tomar los cristianos para demostrar a estas pobres mujeres ,lo erróneo de su conducta ?

Paul T.
25 de julio de 2011 a las 13:16

¿Qué hacer ante una ley in-justa? No se si, puede que exista, en el corazón del hombre y de los que hacen leyes, una mala intención de hacer leyes justas o in-justas, o leyes buenas o malas, sino que tratan en lo posible hacer normativo algo que debe controlarse.
Si bien en algunos casos, una ley es beneficiosa para algunos y menos para otros; por otro lado, las leyes están para quien quiera cumplirlas y que quien acogerse a ellas, por ejemplo; la ley del "aborto" que decía un comentario, es una ley que está no para que todo el mundo la cumpla, ni tampoco la ley de unión de personas del mismo sexo; se acogen a ellas quienes desde su perspectiva ética están en sintonía y no por ello sean leyes malas, o las personas que en esas leyes se refugian sean malas personas, o si¡, por tanto, parece ser que las leyes responden siempre a una subjetividad interesada. y lo que nos queda hacer, de esas "leyes in-justas", que sean menos injustas.

Una ley buena siempre será desde el amor, desde el interior del corazón del hombre buscando el bien.

Isabel
15 de febrero de 2018 a las 13:17

Hay alguna posibilidad de que cambien la forma de sacrificar a los animales en los mataderos? Tristemente está demostrado que sufren una barbaridad y no hay derecho!

claudio
24 de septiembre de 2018 a las 21:27

Santo Tomás define la ley, como: "La ley no es otra cosa que una prescripción de la razón ordenada al bien común promulgada por aquel que tiene a su cuidado la comunidad".
Santo Tomás saca dos efectos de la ley: a) Un efecto general, cuyo fin es producir la bondad moral; y b) Efectos particulares o actos particulares, mediante los cuales realiza la ley esa bondad moral.
a) La bondad moral como efecto general de la ley. Dice Santo Tomás que el efecto de la ley es hacer buenos a los hombres. La ley no es otra cosa que el dictamen de la razón (LA RECTA RAZÓN) en un soberano, en virtud del cual son gobernados los súbditos. Y a esto se ordena toda ley: a que los súbditos la obedezcan. Es evidente pues que la ley tiene la propiedad de inducir a los súbditos a la propia virtud. Ahora bien, siendo la virtud algo que tiende a hacer bueno a su poseedor, resulta que el efecto propio de la ley es hacer buenos a aquellos a quienes se da: buenos absolutamente o buenos relativamente. Porque si la intención del legislador se dirige al verdadero bien, que es el bien común regulado conforme a la justicia divina, se seguirá que el efecto de la ley es hacer buenos absolutamente a los hombres. Pero si la intención del legislador se dirige a aquello que no es bueno absolutamente, sino útil y deleitable, entonces la ley hace buenos a los hombres relativamente.
b) Efectos particulares. Como toda proposición es un dictamen enunciativo de la razón así la ley es un dictamen preceptivo. Es propio de la razón llevarnos de una cosa a otra. Y así como en las ciencias demostrativas nos induce a afirmar ciertas conclusiones partiendo de algunos principios, así nos induce a asentir al precepto de la ley en virtud de otros principios. Los preceptos legales tienen por materia los actos humanos que la razón regula. La ley en cuanto dictamen preceptivo, debe ordenarse eficazmente al bien común, que es su fin, para lo cual se requieren esos actos. Para ordenar es necesario preceptuar, respecto de los actos buenos, prohibir, respecto a los malos y en cuanto a los indiferentes el permitirlos. Estos son pues los efectos particulares de la ley, que ejerce sobre cada uno
La ley injusta no obliga ni en conciencia ni efectivamente. Hay que revelarse, En Islandia ahora la ley prohíbe la enseñanza religiosa e ir al templo a los menores de 21 años. Y en Francia ya no hay edad para consentimiento sexual. Estas cosas eran impensables para Santo Tomás. Por eso tradujo Ética por Costumbre (Mores, de ahí moral), pues era impensable el cambio.

claudio
24 de septiembre de 2018 a las 21:38

La ley hace a la prudencia. Una vez le preguntaron a Santo Tomás quien debía gobernarnos, si el sabio o el santo. Ninguno, respondió. Si entre nosotros hay un sabio que nos enseñe y si hay un santo que rece. ¿Quien debe gobernarnos entonces? El prudente. Prefiero morir como los Cristeros de México o los Franceses de la Vandée y no como cucaracha pacifista.

Juan
25 de septiembre de 2018 a las 00:48

Desgraciadamente en nuestras democracias actuales no es la ley natural la que determina si una ley positiva es justa o injusta, sino la ideología del partido político de turno. Cada vez que una mayoría política se hace con el poder en el congreso del país que me toca vivir o en la Casa Blanca, todas las leyes de la administración anterior son injustas.

Enrique Manuel Estrada Martín
7 de agosto de 2019 a las 15:22

Hola buenas llevo 12 años cuidando a mi padre persona impedida con el tercer grado esto quiere decir que llevo 12 años y todo lo que corresponde cuidar a una persona mayor en 12 años 4380 días he cambiado 13140 dodotis de mínimo 3 veces al día le he dado de comer 65700 veces que son 5 veces al día ingresado más de 30 veces a la residencia más de 100 veces al médico he pasado más de 3153600 minutos al lado de mi padre mientras sufría agonizaba mi padre ahora ya no está y al ir a mirar en la Seguridad Social el derecho de una paga que me pertenecía me dicen que no porque no tengo 45 tengo 43 a mí me gustaría saber quién escribió esa ley y que me explique a mí porque yo no tengo derecho de eso al igual que yo mi mujer y mis niños han sufrido toda la experiencia conmigo y ha sido muy dura y ahora una ley que no sé ni quién escribió dice que yo no tengo derecho de esa paga por eso pido ayuda a denunciar esta injusticia y conseguir lo que me pertenece mi padre ha muerto el 1 de julio del 2019 y yo ahora me quedo con mi mujer y mis hijos unos hijos que lo han visto sufrir todo este tiempo una mujer que lo ha cuidado conmigo todo este tiempo 12 años sin ir de vacaciones ni a ningún lado y que alguien me diga que por no tener 45 no tengo derecho no me parece justo y espero que esto alguien lo puede arreglar muchas gracias de antemano por hacer o no hacer

ricardo
26 de febrero de 2020 a las 16:07

No estoy de acuerdo con la ley, en el caso que realicen una demanda por alimentos de un menor, se da que ni bien presenta la demanda dictan una medida judicial, y se descuenta inmediatamente un mínimo porcentaje del sueldo al causante o imputado como lo llaman, me pregunto porque ese descuento, si ni siquiera esta probado si es hijo o no. En caso de realizarse los estudios y este resulte negativo, quien se hace cargo de la devolución del dinero descontado oportunamente, en caso que la madre (demandante) se manifieste insolvente. Pregunto no seria justo que se pruebe la paternidad y después dictar una condena de descontar el sueldo.

rocio
18 de julio de 2020 a las 23:59

y que opinan sobre la el juez ante la ley injusta

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