Logo dominicosdominicos

Blog Nihil Obstat

Martín Gelabert Ballester, OP

de Martín Gelabert Ballester, OP
Sobre el autor

21
May
2014

Pena de muerte en nombre de Dios

6 comentarios

La noticia es suficientemente conocida: Meriam Yehya Ibrahim es una mujer con 8 meses de embarazo que podría ser ejecutada por las autoridades de Sudán. Su crimen fue haberse casado con un hombre cristiano. Aunque ella fue criada como cristiana, el hecho de que su padre –con quién no convivió en su infancia- fuera musulmán, hace que las autoridades consideren su unión como un grave delito. Las autoridades religiosas del país han pedido su ejecución en la horca precedida de 100 latigazos.

Prescindo de cualquier consideración sobre las circunstancias de la vida de esta mujer. Porque cuando por motivos religiosos se puede condenar a una persona a muerte, cualquier otra consideración es superflua y vana. Ya sé, de sobra, que, a lo largo de la historia, se han pronunciado demasiadas penas de muerte en nombre de Cristo. Pues igual de mal o peor que en nombre de Alá. No hace falta ocultarlo ni intentar justificarlo. Nadie hoy pronuncia tales penas en nombre de Cristo. Aunque seguimos utilizando su santo nombre, cuando unos cristianos descalificamos a otros apelando a la ortodoxia, en ocasiones confundida con la rigidez mental.

Vuelvo al asunto Meriam. Me parece una vergüenza para la humanidad que sigan ocurriendo estas cosas. Si además la condena se ampara en motivos religiosos, me parece un insulto contra la propia fe o religión a la que se apela. No creo que haya que descalificar a las religiones en nombre de las que se justifican tales barbaridades. Lo que procede es denunciar a los clérigos, imanes, rabinos, chamanes y demás personajes que se amparan en sus vestiduras (¡porque cabeza no tienen!, ¡vísceras muchas!) para pronunciar tales sentencias.

Yo no creo que las religiones y sus textos sagrados sean intolerantes. Los intolerantes han sido y son algunos de sus clérigos, que han arrastrado a los fieles. A los dioses no hay que temerles. Hay que temer a algunos de sus intérpretes. La religión no se da en abstracto. Siempre se la encuentra vivida en personas concretas. Los cristianos, en todo caso, estamos llamados a vivir en y desde el perdón, en y desde el amor. Y aunque no sea mi modo de vivir lo que hace verdadero al cristianismo, sí que hay que decir que una fe no vivida en el amor no es verdadera en mí. En mí es una falsa fe, una fe diabólica. Por muy exacta que sea la verdad a la que se refiere.

Posterior Anterior


Hay 6 comentarios, comparte el tuyo

En caso de duda, puede consultar las normas sobre comentarios.

Aviso: los comentarios no se publican en el momento. Para evitar abusos, los comentarios sólo son publicados cuando lo autorizan los administradores. Por este motivo, tu comentario puede tardar algún tiempo en aparecer.

Cancelar repuesta


santiago
23 de mayo de 2014 a las 14:09

2266 La preservación del bien común de la sociedad exige colocar al agresor en estado de no poder causar perjuicio. Por este motivo la enseñanza tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la legítima autoridad pública para aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte. Por motivos análogos quienes poseen la autoridad tienen el derecho de rechazar por medio de las armas a los agresores de la sociedad que tienen a su cargo.
Las penas tienen como primer efecto el de compensar el desorden introducido por la falta. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, tiene un valor de expiación. La pena tiene como efecto, además, preservar el orden público y la seguridad de las personas. Finalmente, tiene también un valor medicinal, puesto que debe, en la medida de lo posible, contribuir a la enmienda del culpable (Cf. Lc 23, 40-43).

¿Qué fundamento teológico impide que las mujeres puedan ser consagradas sacerdotes igual que los hombres? Y así un largo etc.

Martín Gelabert
23 de mayo de 2014 a las 14:21

Santiago: Usted habla de dos cuestiones importantes, aunque distintas (el derecho de las autoridades públicas a defenderse frente a injustas agresiones y el sacerdocio de la mujer). Ninguna de estas dos cuestiones están relacionadas directamente con el tema del post. Un saludo cordial. Y gracias por participar.

mar
23 de mayo de 2014 a las 16:51

Dios en la persecucíon por su causa...y no es fácil entenderlo esto.
Cuando una inocente se le quiere aplastar surgen muchas preguntas¿?
Y es necesario tener una fe fuerte para descubrir a Dios en medio de de ésta persecución.
Me sumo a su comentario Fray Martín
Gracias

Juan
23 de mayo de 2014 a las 18:25

En el Facebook de Mariña Sánchez aparece una canción gallega que dice algo así como ¨si non se pode falar, o mellor e calar¨. En el caso de las autoridades religiosas del Sudán, yo me pregunto, ¿cuándo una autoridad deja de ser tal, sobre todo una autoridad religiosa? ¿Y cuándo es ética una intervención en los asuntos internos de otro país?. Jesús, o el evangelista, dice que toda autoridad viene de lo alto..
¿Tenemos que seguir aguantando abusos contra la humanidad en nombre de Dios o del diablo? Gracias a voces como la de fray Martín que denuncian el mal y promueven el bien.

santiago
24 de mayo de 2014 a las 12:35

Según el 2266, la preservación del bien común...la enseñanza tradicional de la iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la legítima autoridad pública para aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte.
Aplicándolo en el caso de la adúltera, la iglesia reconoce el justo fundamento del derecho y deber de la legítima autoridad para aplicar la pena...sin excluir,...,el recurso a la pena de muerte. Jesús dijo, yo tampoco te condeno.
En nuestra iglesia hay fundamentos que no se sostienen. La no ordenación de la mujer es un sencillo ejemplo de lo que usted dice (¡porque cabeza no tienen!, ¡vísceras muchas!)
Los temas no están relacionados pero quienes los fundamentan siempre son los mismos. Afirma en su post que lo que procede es denunciar a los clérigos, imanes, rabinos y chamanes y demás personajes que se amparan en sus vestiduras...para pronunciar tales sentencias. Pues eso.

Valero
26 de mayo de 2014 a las 14:01

Sin caer en ingenuidades -no hay que olvidar que Mahoma no condenó las primeras incursiones armadas del islam llevadas a cabo en defensa de la nueva fe- y teniendo presente que únicamente en Jesucristo ha sido rebelado en plenitud, el amor sin límites de Dios hacia el hombre, estoy de acuerdo Martín, en que no se puede juzgar a ninguna religión en general, sino a las personas que se tapan bajo la capa de Dios para oprimir a inocentes, so pretexto de defender la pureza de la fe o para defender sus intereses personales.

Logo dominicos dominicos