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Martín Gelabert Ballester, OP

de Martín Gelabert Ballester, OP
Sobre el autor

22
Dic
2023

Bendecid y no maldigais

6 comentarios
bendecir

En la estela de unas palabras llenas de bondad y misericordia, unas palabras en las que el discípulo de Jesús es exhortado a amar sin condiciones, unas palabras en las que Jesús invita a los suyos a “bendecir a quienes les maldicen” (Lc 6,27), o sea, a no devolver mal por mal, se encuentran estas otras palabras de san Pablo: “bendecid y no maldigáis” (Rm 12,14). A ejemplo de Jesús que “cuando le insultaban no devolvía el insulto” (1 Pe 2,22), al cristiano se le exhorta a no devolver insulto por insulto, sino a responder con una bendición (1 Pe 3,9).

A la luz de estas consideraciones tan evangélicas resulta difícil comprender que el documento del Dicasterio para la doctrina de la fe, en el que se trata de las posibles bendiciones a personas en situación canónica irregular, haya suscitado tanto escándalo. Hay que leerlo despacio. Y, si se quiere criticarlo, no hay que hacerlo a base de prejuicios previos o de consideraciones alejadas del texto, sino a partir de las mismas palabras del texto. Si uno se atiene estrictamente a las palabras del texto no será fácil encontrar alguna que vaya en contra de la doctrina tradicional de la Iglesia.

El documento distingue explícitamente los ritos litúrgicos y sacramentales de otro tipo de bendiciones que tienen su arraigo en la religiosidad popular. Basta pensar en las bendiciones de animales o en las palabras de estímulo y consuelo que alguien pronuncia sobre una persona alejada de Dios. Era costumbre en los mensajes papales dirigidos a dirigentes políticos no creyentes terminar invocando sobre ellos la bendición de la “Providencia” o del “Todopoderoso”. Es una fórmula que no pretende aprobar una política determinada, sino pedir al Señor de la historia que cuide de esa persona y dirija sus pensamientos hacia el bien.

En el documento hay continuas advertencias para que no se confunda la bendición con un sacramento y para que no se la considere una aprobación de lo que no puede ser aprobado, sino más bien una expresión del amor de Dios que nos amó “cuando éramos pecadores” (Rm 5,8). Nos amó no cuando empezamos a ser justos o cuando nos propusimos serlo, sino siendo nosotros aún pecadores. El documento afirma explícitamente que mediante estas bendiciones “no se pretende legitimar nada, sino solo abrir la propia vida a Dios, pedir su ayuda para vivir mejor e invocar también al Espíritu Santo que se vivan con mayor fidelidad los valores del Evangelio”, pues “Dios nunca se aleja del que se acerca a Él”.

El Dicasterio reconoce la complejidad de algunas situaciones que no es posible valorar y juzgar ateniéndose únicamente a la letra de ley, pues hay “situaciones moralmente inaceptables desde un punto de vista objetivo”, en las que la culpabilidad o responsabilidad de las personas “pueden estar atenuadas por diversos factores que influyen en la imputabilidad subjetiva”. Es claro, pues, que no se bendice ninguna situación de pecado, sino a unas personas que tratan de vivir su fe en unas determinadas circunstancias. Vamos, que la vida nunca es blanca o negra del todo, la vida siempre es gris, con distintos tonos de gris, pero gris.

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MILTON
23 de diciembre de 2023 a las 02:46

Una persona siempre se puede bendecir incluso si está en pecado. La cuestión es si la bendición de una pareja implica algo más que la bendición de las personas. Una pareja está formada por dos personas en relación sexual-afectiva. Se podría pensar que la relación es un ente de razón, pero no es así, sino que tiene cierta entidad. Aristóteles considera la relación como una categoría del ser, y si lo aplicamos a la moral cristiana, la relación tiene una cualidad moral. Esto es la relación es buena o mala, no solo desde un punto de vista psicológico, sino también ético y moral. La bondad o maldad moral de la relación, la conocemos por la revelación divina, que es la fuente de la moral, la ley evangélica. Con respecto las relaciones homosexuales o las situaciones canónicamente irregulares, no hay ninguna duda de su intrínseca maldad moral dato que conocemos por la revelación. Por ello es contradictorio bendecir algo que la revelación considera pecaminoso. La consecuencia de afirmar la posibilidad de bendecir con una bendición pastoral, una relación que la revelación considera perversas, es que no habría ningún argumento para defender la imposibilidad del mal llamado matrimonio homosexual.

F. F
23 de diciembre de 2023 a las 17:12

Muy buena reflexión

Chiquet
23 de diciembre de 2023 a las 23:14

Pasos en un concilio y retoques en otro. Lo suyo en el dicasterio no es congeniar, pienso. Cristo es pura misericordia, pero ?deja de llamar a la verdad? … !A San Pedro y al que lo precisara! Así en mi vida misericordia y verdad.
Siempre habrá por hacer en la vida eclesial. Creo que la irregularidad es cada vez mejor tratada en la Iglesia, se comprenden como nunca los condicionamientos y circunstancias personales antes del dictamen moral. Veo muy insuficiente pensar que todo el que pide bendición lo haga con humildad y por anhelo de santidad (yo mismo tengo que vigilarme; a Putin podría convenirle la bendición de su ortodoxa iglesia, son dos ejemplos). El tema no es sencillo. El pastor no puede sino bendecir (dar la comunión a fieles que no conoce) pero de uno en uno. No neguemos Cristo a nadie, !que todos lleguemos a la bendición personal!. La bendición en los sacramentos están claras … ?No será lo mejor bendecir a un herman@ y luego @l otr@ herman@ sin bendecir relaciones. O eso o acabamos en bendiciones a partidarios de amor en forma de comuna: gente que puede tener cosas buenas y puede sentirse marginada. Cristo me ama a mí pero yo no siempre acierto. Cristo es absolutamente delicado para comprenderme y estar conmigo pero me llama a la verdad.

José Luis Rubio
24 de diciembre de 2023 a las 11:51

Hay un dato erróneo en su consideración, no se trata de "bendiciones a personas en situación canónica irregular" sino de "bendecir parejas" cuyo nexo de unión es calificado como pecado grave por la propia Iglesia. Ese es el punto del error. Más parece una simple cuestión de lógica que doctrinal, "bendigo la pareja pero no bendigo su unión" (???) ¿que tipo de unión es pues la que hace a esas dos personas ser pareja?. La prueba está en ver las reacciones, los que han celebrado esta decisión han sido precisamente los miembros del lobby gay.

Andrés Cantero Parmo
24 de diciembre de 2023 a las 15:35

El propósito del documento, en la línea del capítulo VIII de Amoris Laetitia, es loable, que todo el mundo sienta la misericordia del Señor. Ahora bien, el artificio de crear una bendición no sacramentale demuestra la dificultad de articular esta pastoral. Será, además, difícil que se pueda distinguir la bendición de esa unión no matrimonial con la de la pareja. Como bien se comenta aquí. Diferenciar unión de pareja parece poco realista. De ahí el empeño del documento en decir que la doctrina no cambia.

Y ni hay Magisterio de Francisco ni de sus predecesores ni sucesores como fuente de la revelación, lo que se enseña solo puede estar al servicio de la Escritura y de la Tradición (Dei Verbum, 10).

Verdad y misericordia no son opuestos, son y deben ser compatibles. La misericordia sin verdad no es parte de la fe cristiana. Lo que se enseña por los pastores es la verdad en Cristo. Jesús perdonaba al pecador y le instaba a a la conversión. A la inversa, un mero decálogo de normas no obedece al Evangelio (Mr 5,17).

María Elena
6 de enero de 2024 a las 09:46

Me van a tener que perdonar, pero yo no soy una experta en estos temas, no sé tanto de documentos como el resto de los comentaristas, así que apelaré al sentido común, por lo cual me puedo equivocar..... Pienso que la cuestión es compleja. Toda bendición, en principio, lleva implícita cierto grado de aprobación, por lo que habría que distinguir si se bendice a las personas en singular o a la acción en particular. En mi opinión, si la acción no es lícita, no debe ser objeto de bendición, lo que excluye a las personas por separado: éstas sí podrían recibirla.

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